El arzobispo de Managua, monseñor Leopoldo Brenes, demandó este domingo a la Asamblea Nacional que mantenga la prohibición absoluta del aborto, para que las mujeres no tengan derecho a salvar sus vidas cuando tengan un embarazo riesgoso.
Tras oficiar misa en la Catedral Metropolitana, el arzobispo de Managua declaró a la prensa nacional que que si los diputados deciden sumarse a los 189 países de todo el mundo (en total hay 193) para permitir el aborto terapéutico, eso sería ir "contra contra la voluntad del pueblo".
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Brenes fue aún más allá, pues según él, salvar la vida de centenares de mujeres dejaría libre el camino para permitir "la eutanasia o la muerte de ancianos".
"Si hoy vamos a aprobar una ley de que hay que asesinar a los niños, pues el día de mañana se va a poner otra ley, de la eutanasia, de que hay que asesinar a los ancianos", expresó Brenes.
Según monseñor Brenes, la penalización del aborto terapéutico fue "una solicitud del pueblo", con más de 200,000 firmas. Los grupos feministas también han recabado un número similar de firmas para restablecer el derecho a la vida de las mujeres.
La Asamblea Nacional aprobó el 26 de octubre pasado una reforma al Código Penal, en vigor desde 1893, en la que derogaba el aborto terapéutico. La reforma fue aprobada por mayoría con los votos a favor de los diputados liberales y sandinistas, antes de las elecciones presidenciales del 5 de noviembre.
Los diputados eliminaron el artículo que establecía el derecho al aborto terapéutico como una excepción para salvar la vida de las mujeres en caso de embarazos con riesgos. Textualmente, el artículo 165 del código penal nicaragüense establecía:
"El Aborto Terapéutico, será determinado científicamente con la intervención de tres facultativos por lo menos y el consentimiento del cónyuge o pariente más cercano a la mujer para los fines legales".
La nueva ley asegura que no podrán acceder al aborto terapéutico en el sistema de salud, un elevado número de mujeres nicaragüenses con embarazos ectópicos (es decir, cuando el embarazo se desarrolla fuera del útero), eclampsia, cardiopatías, leucemia, cáncer, tuberculosis u otras enfermedades que ponen en peligro su salud y sus vidas durante la gestación.
La mujer que se practique cualquier tipo de aborto en Nicaragua pagará una pena de 4 a 8 años de prisión, según la reforma al Código Penal. Los médicos nicaragüenses han advertido que esa medida va a incrementar las muertes maternas y la mortalidad infantil, así como la proliferación de puestos clandestinos.
La posición del Minsa
El sábado, la ministra de salud, Maritza Cuan afirmó que se deben "hacer todos los esfuerzos por evitar la penalización del aborto terapéutico".
"Creo que hay una ley que se aprobó; una ley que tuvo un respaldo de más de 200 mil firmas, yo creo que una solicitud de un pueblo, tiene que ser escuchada, yo pienso también, que ella (Cuan) tiene derecho de hacer las propuestas que quiera", replicó Brenes.
"El derecho a la vida es el derecho fundamental y nosotros estamos por respetar la vida, y siempre digo, pienso, que este camino que se está siguiendo es el correcto", para defender la vida de las mujeres con embarazos riesgosos, afirmó Cuan.
No obstante, Cuan advirtió: "no hay que confundir un aborto terapéutico con un aborto provocado, y no asumir que un aborto es un método de planificación familiar".
Según Brenes, "se tiene que valorar un sentimiento que no es exclusivamente religioso, porque algunas veces he escuchado a unas personas que están en desacuerdo, que todo es un aspecto religioso. No. Todo es por un aspecto humano, yo creo que se dice que hay que respetar la vida, porque desde el momento en que hay concepción, hay vida".
La ministra respalda las advertencias del movimiento de mujeres de Nicaragua en el sentido de que la prohibición del aborto terapéutico causará mayor cantidad de muertes maternas en el país, que ya de por sí es muy alta: 88 por cada cien mil partos. En el año 2002, casi 7 mil mujeres fueron hospitalizadas a causa de abortos realizados en circunstancias inadecuadas.
Cuan fue directora del Hospital de la Mujer Bertha Calderón, de Managua, entre 1987 y 1990, y a partir de su experiencia, sabe los graves daños a las mujeres que causará la prohibición del aborto terapéutico. "Una mujer que llega con un aborto no quiere decir que es un aborto provocado, hay muchos tipos de aborto", explicó.
En este sentido, la ministra Cuan recordó que en ese entonces, "una mujer que llegaba al hospital con un aborto casi la etiquetaban. Me dijo que eso no era posible y empezamos a trabajar cómo evitar que la mujer se nos infectara, como evitar que se muriera, porque eso es lo que más duele".
No obstante, Brenes admitió que los médicos saben lo que dicen. "Los médicos saben dónde hay vida, que por lo tanto, hay que respetarla y la Iglesia nuestra dentro de su doctrina nos dice que tenemos que respetar la vida desde el momento de la concepción hasta el momento de la muerte", afirmó.
El secretario general del MINSA, Adrían Zelaya, también anunció que esa institución apoyará el movimiento de organismos no gubernamentales que demandan que la figura del aborto terapéutico sea reincorporada al Código Penal.
"Hay una ley, nosotros estamos sujetos a la ley, pero esto no impide que en su momento los organismos involucrados puedan hacer una solicitud de revisión y nosotros como institución del Estado que vela por la salud de los nicaragüenses tendremos parte de esas discusiones", afirmó Zelaya.
"Es nuestra obligación participar de cualquier discusión que tenga que ver con este tema o cualquier otro tema de interés de los nicaragüenses", insistió.
El entonces presidente Enrique Bolaños, firmó el pasado 17 de noviembre la eliminación del aborto terapéutico del artículo 165 del Código Penal, que estuvo vigente durante más de cien años en Nicaragua. Bolaños, en esa oportunidad, firmó la orden de derogar esa práctica en un acto privado en Casa Presidencial, ante la presencia de obispos de la Iglesia Católica y pastores evangélicos de este país.
Bolaños recordó que "La Constitución Política (de Nicaragua) establece que el derecho a la vida es inviolable a la persona humana y que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad".
Críticas mundiales y acciones legales
La decisión del Parlamento ha sido criticada por la asociación de médicos de Nicaragua, grupos de mujeres, la organización "Human Rights Watch", la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Unión Europea (UE).
La Coordinadora Nicaragüense de ONG que trabajan con la Niñez y la Adolescencia (Codeni), la Procuraduría Especial de la Niñez, la Sociedad Nicaragüense de Ginecología y Obstetricia (Sonigob), el Consejo Nacional de Salud, y otras sociedades médicas, organismos de la sociedad civil consideran nefasta para la salud de las mujeres, la decisión tomada el año pasado por el estado nicaragüense.
Asimismo han mostrado su preocupación ante esta medida, organismos multilaterales como la Comisión Europea, PMA, UNICEF, DFID, OPS-OMS, FAO y UNFPA, y Paul Hunt, relator especial de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y los representantes de las embajadas de Italia, Islandia, Francia, Suecia, Canadá, Países Bajos, Dinamarca y Noruega.
El doctor Efraín Toruño, Presidente de la Sociedad Nicaragüense de Ginecología y Obstetricia (Sonigob), afirmó que la ciencia médica está basada en evidencias y no en dogmas. "Las evidencias a nivel mundial demuestran que el aborto terapéutico es para que la mujer viva. A los médicos no se nos enseña a matar mujeres, sino al contrario", dijo.
El presidente de la Sonigob espera que en caso de que los diputados acepten debatir una propuesta para revertir la norma, sea tomada en cuenta la opinión de especialistas. Recordó que cuando los diputados liberales y sandinistas por mayoría derogaron el artículo sobre el aborto terapéutico no escucharon la opinión científica para adoptar sus decisiones.
Toruño comentó la penalización del aborto implica el retroceso más de 200 años de ciencia médica y echa a la basura dichos conocimientos. "Los diputados no saben lo que aprobaron, obedecieron órdenes partidarias. Lo que han hecho es mandar a sus esposas, hijas y nietas a una muerte segura", agregó.
De acuerdo con los ginecólogos y obstetras de Nicaragua, la eliminación del aborto terapéutico ha puesto en conflicto la ley con "los deberes de los médicos de conservar la vida y cuidar a las mujeres, así como protegerlas de los peligros del aborto practicado en condiciones de riesgo. Esto representa un conflicto para ellos ya que con frecuencia se ven obligados a decidir entre la vida de una mujer en estado grave o la vida de su feto".
La declaración menciona que la penalización del aborto ha puesto a los médicos entre la espada y la pared y los expone al riesgo de ser encarcelados tanto por haber practicado un aborto terapéutico para salvar la vida de la mujer como por no haber practicado el procedimiento y haber propiciado la muerte de la mujer por causas relacionadas con el embarazo.
En Nicaragua, la ley permitió el aborto terapéutico por primera vez en 1837, y los médicos ahora instan a los legisladores a no borrar 160 años de historia. La declaración hizo hincapié en el hecho de que, según las últimas encuestas, más del 95 por ciento de los gineco–obstetras nicaragüenses se oponen a la penalización del aborto.
Según fuentes oficiales, entre el 2005 y el primer semestre de 2006, hubo más 10.000 abortos atendidos en los hospitales del país, y de ellos, 500 corresponden a embarazos ectópicos.
El pasado 8 de enero, un nutrido grupo de organizaciones civiles presentó ante la Corte Suprema de Justicia el Recurso por Inconstitucionalidad de la Ley 603 que derogó el artículo 165 del código penal nicaragüense.
La demanda fundamental consiste en que se declare inconstitucional esta ley, por ser violatoria de los siguientes derechos:
1. Derecho a la vida
2. Derecho a la integridad y a no ser sometidas a tratos crueles e inhumanos
3. Derecho a la salud
4. Derecho al desarrollo humano
5. Derecho a la libertad individual
6. Derecho a la dignidad de las personas
7. Derecho a la igualdad y a estar libre de discriminación
8. Derecho a la libertad religiosa, de conciencia y pensamiento
9. Derecho al libre ejercicio de la profesión.
El Recurso fue presentado por 67 personas a nivel individual y de diferentes organizaciones tales como, Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), el Movimiento Feminista, la Sociedad Nicaragüense de Ginecología y Obstetricia, la Asociación de Médicos Generales, la Facultad de Medicina de la UNAN Managua y León, la Sociedad de Enfermeras/os de Nicaragua, la Coordinadora de la Niñez y la Adolescencia, el Movimiento Comunal Nicaragüense, la Coordinadora Civil, entre otras.
El director del CENIDH, Bayardo Izabá, solicitó a sus similares de todo el mundo que se dirijan a la Corte Suprema de Justicia para que se declare inconstitucional la ley que derogó el artículo 165 del Código Penal.
El jueves pasado, el Movimiento Autónomo de Mujeres demandó ante el Comité para el Seguimiento a la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), de las Naciones Unidas, la restitución del aborto terapéutico en la legislación nicaragüense.
Las feministas afirman que se debe derogar la disposición de los diputados para evitar un aumento en el número de muertes de mujeres.