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Gobierno panameño promulga nueva ley migratoria

Ciudad Panamá. Agencia ACAN-EFE. | 27 febrero de 2008
El gobierno panameño promulgó una nueva ley migratoria para regular "con mayor restricción" las entradas y salidas de los extranjeros y su estadía en el país, informaron este miércoles fuentes gubernamentales.

El decreto ley reemplaza a la Dirección Nacional de Migración por el Servicio Nacional de Migración, según precisa un despacho de prensa de la Secretaría de Comunicación del Estado.

La nueva norma clasifica en cuatro categorías a los extranjeros que ingresen al territorio panameño: no residente, residente temporal, residente permanente y extranjeros bajo protección de Panamá.

En la categoría de extranjeros no residentes entran los turistas, marinos y pasajeros y tripulación en tránsito, y entre los residentes temporales están quienes lleguen a territorio panameño por razones laborales, políticas, culturales, humanitarias y religiosas, entre otras.

Residentes permanentes, según la nueva ley, son aquellos que ingresan a Panamá por razones económicas y de inversión, o por las políticas "especiales" del Gobierno, y los extranjeros bajo protección serán los clasificados como refugiados, asilados, apátridas y acogidos por razones humanitarias.

El permiso de residencia que otorgará el país al residente temporal será de seis años, "salvo que las leyes especiales establezcan periodos distintos".

Para ser residente permanente de Panamá, la nueva ley concede un permiso provisional de residencia de dos años y un documento de identificación por el mismo periodo, que se sustituirá por el permanente, si los interesados "cumplen con los requisitos que la ley y los reglamentos establecen".

La nueva ley, que entrará en vigor en seis meses, crea el Registro de Extranjería, cuyo papel será el de procesar toda la documentación de los extranjeros que apliquen "a las categorías migratorias de residentes temporal o permanente...a quien se identificará con una asignación numérica permanente".

También se establece la unidad de atención a las víctimas de tráfico de personas, que "recibirán un tratamiento migratorio de protección, hasta tanto la situación sea definida o resuelta por las autoridades".

Se crea, asimismo, el Fondo Fiduciario de Migración, cuyo patrimonio estará integrado por los recursos existentes en el fondo y depósito de repatriación, los depósitos de garantías de los extranjeros que incumplieron los reglamentos de estadía, y los legados o donaciones recibidos.

La ley promulgada no precisa ninguna medida migratoria "extrema" por razones de seguridad, como la solicitud de visas a ciudadanos de países que hoy no la requieren.

Tal posibilidad se presentó en marzo de 2007, cuando el presidente panameño Martín Torrijos anunció medidas de seguridad como parte de su estrategia para detener la ola de delincuencia en el país.

En esa oportunidad, Torrijos indicó que "estamos contemplando utilizar visas con distintos países, pero también otras medidas que nos permitan asegurarnos que las personas que vienen a Panamá, realmente como turistas o a invertir, no se vean afectadas con las medidas".

La iniciativa del Órgano Ejecutivo forma parte del paquete de leyes y decretos que se han expedido con la aprobación de la Asamblea Nacional, que otorgó al presidente poderes especiales para legislar entre el 1 de enero hasta el 29 de febrero próximo, su asueto estival.

La Asamblea Nacional inicia su trabajo legislativo de 2008 a partir de 1 de marzo, cuando revisará las leyes y decretos promulgados por el Ejecutivo, que podrá derogar o modificar, antes de ser aprobados y ratificados.


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